• Detalle de Ley

    Ley N°: 8929
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: SALUD
    Sancionada: 01/09/2016
    Promulgada: 29/09/2016
    Publicada: 06/10/2016
    Boletin Of. N°: 28854

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
     
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Adhiere  la  Provincia  de Tucumán a la Ley
    Nacional Nº  26.914,  modificatoria  de  la Ley Nº 23.753 de
    Problemática y  Prevención  de  la  Diabetes, sus decretos y
    resoluciones reglamentarias. 
    
       Art. 2°.- Será  Autoridad  de Aplicación el Ministerio de
    Salud Pública  de  la  Provincia, quien deberá coordinar los
    alcances de  la  presente  Ley con los distintos niveles del
    Sistema Provincial  de   Salud  y  programas  ya  existentes
    referidos a  la  temática con el fin de lograr el dictado de
    las medidas  necesarias    para    la    divulgación  de  la
    problemática derivada  de  la  enfermedad  diabética  y  sus
    complicaciones, de  acuerdo        a    los    conocimientos
    científicamente aceptados,  tendiente    al   reconocimiento
    temprano de la misma, su tratamiento y adecuado control.
    
       Art. 3°.- La Autoridad de Aplicación arbitrará los medios
    necesarios  para  asegurar  la igualdad de condiciones en el
    acceso al  derecho  a  la salud a todos los habitantes de la
    Provincia de  Tucumán,   en  relación  a  la  cobertura  del
    tratamiento integral  de  la enfermedad diabética, según las
    especificaciones dictadas  por  el Ministerio de Salud de la
    Nación a tal efecto. 
    
       Art. 4°.- Las  Obras  Sociales Provinciales, Municipales,
    las   entidades  de medicina prepaga, como así también todos
    aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales
    a  sus  afiliados  independientemente  de la figura jurídica
    que posean,  deben   dar  cumplimiento  con  los  estándares
    establecidos en  la  legislación nacional a que se adhiere y
    sus modificatorias  y  las  normas que en consecuencia de la
    misma se dicten. 
    
       Art. 5°.- Comuníquese.
       Dada en la Sala de Sesiones  de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a un día  del  mes  de setiembre
    del año dos mil dieciséis.

  • Relaciones

    Vinculada a Ley 6003

  • Resumen

    ADHIERE LA PROVINCIA DE TUCUMAN A LA LEY NACIONAL N° 26914, MODIFICATORIA DE LA LEY N° 23753 -DE PROBLEMATICA Y PREVENCION DE LA DIABETES-, SUS DECRETOS Y RESOLUCIONES REGLAMENTARIAS. SERA AUTORIDAD DE APLICACION EL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA.

  • Observaciones