La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo l°.- Apruébase en todos sus términos el contrato
suscrito entre Provincia y el Estudio de Pelli Clarke
Pelli Canada Corp., en cumplimiento de la Carta Intención
aprobada por Ley N° 9008, para la realización del proyecto
de Centro Cívico de la Provincia a llevarse a cabo en predio
expropiado a tal fin por Ley N° 8993.
Art. 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las
adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para
dar cumplimiento a las disposiciones de la presente Ley.
Art. 3°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los cinco días del mes de
diciembre del año dos mil diecisiete.