• Detalle de Ley

    Ley N°: 9076
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 14/12/2017
    Promulgada: 10/01/2018
    Publicada: 15/01/2018
    Boletin Of. N°: 29168

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       Articulo 1°.-  Prorrógase  la vigencia del Artículo 6° de
    la   Ley  N°  8847  y  su  modificatoria,  por el término de
    trescientos sesenta  (360)  días,  contados  a  partir de la
    fecha de su vencimiento. 
    
       Art. 2°.- Comuníquese.  
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucumán,  a   los   catorce  días  del
    mes de  diciembre del año dos mil diecisiete.
    

  • Relaciones

    Prorroga término de Ley 8847

  • Resumen

    PRORROGA VIGENCIA DEL ARTICULO 6° DE LA LEY N° 8847 Y SU MODIFICATORIA -ENTIDADES PRIVADAS DEBERAN CREAR SEDES ADMINISTRATIVAS EN MUNICIPALIDADES-, POR EL TERMINO DE TRESCIENTOS SESENTA (360) DIAS.

  • Observaciones