La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 115 de la Ley N°
6238 y modificatorias, el que quedará redactado de la
siguiente forma:
"Art. 115.- Requisitos. Para ser Prosecretario se
requiere título de Procurador, Abogado o ser Encargado
Mayor con un mínimo de tres (3) años en el cargo.
Los requisitos exigidos por el presente artículo sólo
rigen para los cargos en oficina con actividad exclusiva
jurisdiccional."
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los quince días del mes de
marzo del año dos mil dieciocho.