• Detalle de Ley

    Ley N°: 9217
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: SALUD
    Sancionada: 19/12/2019
    Promulgada: 26/12/2019
    Publicada: 30/12/2019
    Boletin Of. N°: 29647

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°.- Facúltase  al Sistema Provincial de Salud a
    aplicar  programas  para   el  refuerzo  y  la  recuperación
    nutricional de  niñas,  niños y adolescentes que concurran a
    establecimientos   educativos    públicos  dependientes  del
    Ministerio de Educación de la Provincia.
    
       Art. 2°.- El  Sistema Provincial de Salud deberá afrontar
    todos  los costos que demande la aplicación de los programas
    mencionados  en  el  Artículo  1°, quedando  facultado  para
    contratar, dentro  del marco normativo vigente y aplicable a
    dicho organismo,  los bienes, insumos y servicios necesarios
    para  el   cumplimiento  de  lo  dispuesto  en  el  artículo
    precedente. 
    
       Art. 3°.- El  Sistema  Provincial  de  Salud  dictará las
    normas   internas  necesarias  para  la  observancia  de  lo
    dispuesto en la presente Ley.
    
       Art. 4°.- El  Poder  Ejecutivo  deberá asignar al Sistema
    Provincial de Salud los recursos que demande la ejecución de
    la  presente  Ley,  quedando  facultado  para  realizar  las
    adecuaciones de partidas presupuestarias pertinentes.
    
       Art. 5°.- Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la   Provincia  de  Tucumán, a  los  diecinueve días  del
    mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
    

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 5652

  • Resumen

    FACULTA AL SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD A APLICAR PROGRAMAS PARA EL REFUERZO Y LA RECUPERACION NUTRICIONAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES QUE CONCURRAN A ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PUBLICOS DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA.

  • Observaciones