• Detalle de Ley

    Ley N°: 9274
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 30/08/2018
    Promulgada: 21/07/2020
    Publicada: 23/07/2020
    Boletin Of. N°: 29780

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°.- Declárase  de  utilidad  pública y sujeto a
    expropiación una  fracción  de  20  x 30 mts. de un inmueble
    ubicado sobre  la  Ruta  Provincial  N°  351  - Km. 5, en la
    localidad de  San  Pedro  de  Colalao, departamento Trancas,
    identificado en  mayor    extensión    con    la   siguiente
    Nomenclatura Catastral: Padrón N° 399.230,  Circunscripción:
    I, Sección:  C, Lámina: 99, Parcela: 46 B, Matrícula: 29500,
    Orden: 0. 
    
       Art. 2°.- Autorízase  al  Poder  Ejecutivo a transferir a
    título gratuito  el    inmueble  detallado  en  el  artículo
    precedente a  la Comuna de San Pedro de Colalao, el que será
    destinado a  la apertura de un camino de ingreso a un predio
    de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia.
    
       Art. 3°.- El   cambio    de   destino  del  inmueble,  la
    transferencia a  título gratuito u oneroso, total o parcial,
    o la  desafectación  de  los  fines  a  los que se encuentra
    destinado, dará  lugar  a la revocación de la transferencia,
    reintegrándose el inmueble al patrimonio provincial, con las
     mejoras que  se    hubieren   introducido,  sin  derecho  a
    indemnización alguna. 
    
       Art. 4°.- El   Poder  Ejecutivo  por  intermedio  de  sus
    organismos técnicos,  procederá  a  la  elaboración  de  los
    planos de  subdivisión  de  la documentación necesaria a los
    efectos de dar cumplimiento a la presente Ley.
    
       Art. 5°.- Prescíndase  del  procedimiento administrativo,
    motivado en  la   urgencia  prevista  en  los  términos  del
    Artículo 14 de la Ley N° 5006.
    
       Art. 6°.- Autorízase  al  Poder  Ejecutivo a realizar las
    compensaciones   presupuestarias    necesarias    para    el
    cumplimiento de la presente Ley.
    
       Art. 7°.- Comuníquese. 
       Dada en  la Sala de Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la   Provincia  de Tucumán, a los  treinta  días  del mes
    de agosto del año dos mil dieciocho.
    

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 5006

  • Resumen

    DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION, UN INMUEBLE UBICADO SOBRE LA RUTA PROVINCIAL Nº 351 -KM 5-, LOCALIDAD DE SAN PEDRO DE COLALAO, DEPARTAMENTO TRANCAS, PADRON Nº 399230, EL QUE SERA DESTINADO A LA APERTURA DE UN CAMINO DE INGRESO A UN PREDIO DE PROPIEDAD DEL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA.

  • Observaciones

    -DCTO.733-1-FE-2022-B.O.01-04-2022- EXPROPIATORIO