La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 6941 como a
continuación se indica:
- Incorporar como Art. 3° nuevo, el siguiente:
"Art. 3°.- Establécese el 19 de Setiembre como el "Día
de las Personas Sordas e Hipoacúsicas. Asimismo será
día no laborable para dichas personas."
Los Artículos 3°, 4°, 5° y 6° originales, pasan a ser
Artículos 4°, 5°, 6° y 7°, respectivamente.
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta días del mes de
agosto del año dos mil diecisiete.