• Detalle de Ley

    Ley N°: 9317
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CONSTITUCIONAL - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 05/11/2020
    Promulgada: 24/11/2020
    Publicada: 30/11/2020
    Boletin Of. N°: 29869

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       De Modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial
       respecto a la jurisdicción territorial de los Centros
                Judiciales de Concepción y Monteros.
    
       Articulo 1°.- Modifícase el Artículo 84 de la Ley N°6238,
    el que quedará redactado de la siguiente manera:
    
       "Artículo 84.- Asiento. Jurisdicción. El  Centro Judicial
       Concepción tiene  asiento  en la  ciudad  de  Concepción,
       departamento Chicligasta, su jurisdicción territorial  se
       extiende desde el cauce del Río Seco hacia el  Sur de  la
       Provincia abarcando los departamentos de Chicligasta, Río
       Chico, Juan Bautista Alberdi, La Cocha, Graneros  y parte
       de Simoca."
    
       Art. 2°.- Modifícase el Artículo 86 de la Ley N° 6238, el
    que quedará redactado de la siguiente manera:
    
       "Artículo 86.- Asiento. Jurisdicción. El  Centro Judicial
       Monteros tiene asiento en  la ciudad y  departamento  del
       mismo nombre, comprendiendo su  jurisdicción  territorial
       los departamentos de Tafí del Valle, Famaillá, Monteros y
       parte de Simoca, siendo su límite sur   el  cauce del Río
       Seco."
    
       Art. 3°.- Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucuman a los  cinco dias  del  mes de
    noviembre del año dos mil veinte.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 6238

  • Resumen

    MODIFICA LEY N°6238- LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL-

  • Observaciones