• Detalle de Ley

    Ley N°: 9357
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ADMINISTRATIVO - TRIBUTARIO
    Sancionada: 22/12/2020
    Promulgada: 29/12/2020
    Publicada: 05/01/2021
    Boletin Of. N°: 29891

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°.- Modifícase   la    Ley    N°   8861  y  sus
    modificatorias, en la forma que a conntinuación se indica:
    
       - Reemplazar el Artículo 2°, por el siguiente:
    
         "Art. 2°.- Dispónese  el  diferimiento, hasta  el 31 de
         Diciembre de 2021, del plazo para el pago de las cuotas
         del   Impuesto   Inmobiliario  de  los años 2015, 2016,
         2017, 2018, 2019 y 2020 cuyos vencimientos operen entre
         el 1 de   Agosto   de 2015 y 31   de Diciembre de 2020,
         correspondiente   a los   inmuebles   afectados  a  las
         actividades de producción de caña de azúcar, en todo el
         territorio de la Provincia de Tucumán."
    
       - Reemplazar el Artículo 3°, por el siguiente:
    
         "Art. 3°.- Suspéndanse  los procedimientos judiciales y
         administrativos   promovidos   por cobro  de créditos a
         favor del Estado Provincial hasta el 31 de Diciembre de
         2021."
    
       Art. 2°.- Comuníquese. 
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintidós  días del mes de
    diciembre del año dos mi1 veinte.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 8861
    Vinculada con Ley 8806

  • Resumen

    MODIFICA LEY N° 8861 Y SUS MODIFICATORIAS -PRORROGA DIFERIMIENTO FISCAL DISPUESTO EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA AGROPECUARIA DECLARADA POR LEY N° 8806-.

  • Observaciones