La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 9152 en la forma que a
continuación se indica:
- Reemplazar el Art. 2°, por el siguiente texto:
“Art. 2°.- La autorización dispuesta en el artículo
anterior, tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2021.”
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los seis días del mes de
mayo del año dos mil veintiuno.