La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación el predio del chalet ubicado en el Ingenio
Bella Vista de la localidad de Bella Vista, departamento
Leales, identificado en mayor extensión con la siguiente
Nomenclatura Catastral: Padrón N° 75.652; Circunscripción:
2; Sección: F; Lámina: 198; Parcela: 239 T 79; Matricula:
14631; Orden: 32, e inscripto en el Registro Inmobiliario en
el Libro: 9; Folio: 113 a 128; Serie: C; Año 1967.
Art. 2°.- El inmueble descripto en el artículo precedente
será destinado a la creación del “Museo y Centro Cultural
Manuel Garcia Fernández”.
Art. 3°.- Declárese “Sitio Histórico Provincial” al
Chalet ubicado en el Ingenio Bella Vista, en el que vivió
el Ingeniero Manuel Ramón García Fernández y su familia,
construido en el año 1930.
Art. 4°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar a la
Municipalidad de Bella Vista la administración y custodia
del “Museo y Centro Cultural Manuel Garcia Fernández”,
atendiendo las características del inmueble, podrá disponer
la funcionalidad que mejor sirva el destino del mismo.
Art. 5°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a un día del mes de octubre del
año dos mil veinte.