• Detalle de Ley

    Ley N°: 9424
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: SEGURIDAD PUBLICA
    Sancionada: 28/10/2021
    Promulgada: 12/11/2021
    Publicada: 16/11/2021
    Boletin Of. N°: 30104

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de 2023
    la  vigencia de la Ley N° 9057 y sus modificatorias.
    
       Art. 2°.- Modifícase la Ley N° 9057 y sus modificatorias,
    en  la forma que a continuación se indica:
    
       1 -  En  el  Artículo  3°,  incorporar  como inciso 3, el
    siguiente texto: 
    
         "3. Construir   un   nuevo   complejo   penitenciario y
         dependencias policiales."
    
       2 - Sustituir el Art. 10, por el siguiente:
    
         "Art. 10.- En el marco de las situaciones de excepción,
         que habilitan  las declaraciones de emergencia regladas
         por esta   norma  y   mientras   dure   el   estado  de
         emergencia, facúltase  al  Ministerio de Sequridad y al
         Ministerio de  Desarrollo  Social, a contratar en forma
         directa,    previo     cotejo     de     precios,    la
         adquisición    de   bienes,   recursos   tecnológicos y
         servicios,    así   como   trabajos   de   refacción  y
         remodelación de  inmuebles destinados al alojamiento de
         detenidos en el Servicio  Penitenciario Provincial y en
         el Departamento General de  Policía, y a realizar obras
         nuevas    para   la   construcción   de   un   complejo
         penitenciario  y  de dependencias policiales, que, sean
         necesarias para atender  las situaciones de emergencias
         declaradas, quedando  exceptuados  del procedimiento de
         licitación pública, debiendo  todas  las  operaciones y
         actos de gobiernó estar  sujetos a  las  condiciones de
         transparencia de la  gestión y legalidad  de los actos.
         El Poder Ejecutivo deberé  informar semestralmente a la
         Honorable Legislatura,  la   ejecución   presupuestaria
         realizada en cumplimiento de la presente Ley.
    
       3.- Sustituir el Art. 11, por el siguiente:
    
         "Art. 11.- Facúltase  al  Poder   Ejecutivo  a celebrar
         convenios con el  Programa  Federal  de  Colaboración y
         Asistencia  para  la  Seguridad,  creado por Decreto N°
         1177/13 del   Poder   Ejecutivo   Nacional  y todo otro
         convenio  con  personas  físicas o jurídicas públicas o
         privadas y con  organismos  nacionales,  provinciales o
         municipales  que   sea   necesario  a  los  fines de la
         presente Ley."
    
       Art. 3°.-Comuníquese. 
       Dada  en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucumán, a  los  veintiocho  días  del
    mes de octubre del año dos mil veintiuno.
    

  • Relaciones

    Vinculada a Ley 9747
    Prorroga término de Ley 9057
    Modifica a Ley 9057

  • Resumen

    PRORROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023 LA VIGENCIA Y MODIFICA LEY N° 9057 Y SUS MODIFICATORIAS -EMERGENCIA EN SEGURIDAD PUBLICA, EN POLITICA CARCELARIA Y POLICIAL, RECUPERACION DE ADICTOS Y SEGURIDAD VIAL-.

  • Observaciones

    - FE DE ERRATAS PUBLICADA EN EL BOLETIN OFICIAL DEL 19/11/2021.