La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 8391 (Ley Provincial
de Educación) en la forma que a continuación se detalla:
- En el Art. 108, incorporar como inciso 12, el
siguiente:
"12.- Publicar en su página web el Calendario Escolar de
la Provincia, con todas las efemérides que
tradicionalmente han conformado el calendario de
celebraciones escolares y las que se incorporaron o se
incorporen en el futuro, como consecuencia de la
sanción de leyes provinciales o nacionales."
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del
mes de octubre del año dos mil veintiuno.