• Detalle de Ley

    Ley N°: 9518
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 07/04/2022
    Promulgada: 11/04/2022
    Publicada: 18/04/2022
    Boletin Of. N°: 30206

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°.- Modifícase  la Ley N° 9472, en la forma que
    se  indica a continuación:
    
       - Sustituir el Artículo 4°, por el siguiente:
    
       "Art. 4°.- Los  montos  históricos   percibidos  por  las
       empresas   contratistas  en  el   marco   del  Decreto de
       Necesidad y  Urgencia N° 2/3 (ME)-2019 e  incluidas en el
       Programa  del   Ministerio  de  Desarrollo  Territorial y
       Hábitat de la Nación, denominado RECONSTRUIR,  creado por
       Resolución N° 99/2021 MDTH, se considerarán pago a cuenta
       del precio del  contrato de reactivación y completamiento
       del   Emprendimiento   Habitacional   "2500   viviendas e
       infraestructura   de   El   Manantial".  Estas  sumas  no
       generarán    actualizaciones   a   los    fines   de   su
       reconocimiento,  por   lo   que   el   pago a cuenta será
       considerado   sobre   el   valor    histórico   percibido
       oportunamente  por   la  contratista. Dispónese que a los
       efectos del   procedimiento  de  la devolución del pago a
       cuenta y de la rescisión referenciados, resulta requisito
       obligatorio  que   LA   CONTRATISTA efectúe una cesión de
       crédito a favor  de  EL  IPVDU de  las  sumas que tenga a
       percibir  en  el  marco  del  contrato  de reactivación y
       completamiento de la obra de referencia, a  celebrarse en
       el marco del "Programa Reconstruir", hasta  la suma total
       correspondiente   a   los   montos   percibidos   por  LA
       CONTRATISTA  en   el   marco   del Decreto de Necesidad y
       Urgencia N° 2/3 de fecha 22 de Octubre de 2019."
    
       - Incorporar como Artículo 7° nuevo, el siguiente:
    
       "Art. 7°.- Autorízase  al  Poder Ejecutivo, a reglamentar
       los aspectos presupuestarios, contables y financieros que
       resulten necesarios para el efectivo  cumplimiento  de la
       presente Ley."
    
       - Incorporar como Artículo 8° nuevo, el siguiente:
    
       "Art. 8°.- Aprobar  como   Anexo I de  la presente Ley el
       Modelo   de   Convenio   de   Rescisión  de  los acuerdos
       suscriptos    con    las    Empresas    Contratistas  del
       Emprendimiento     Habitacional     "2500    viviendas  e
       infraestructura  de  El  Manantial", firmados en el marco
       del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/3 (ME), de fecha
       22 de Octubre del 2019."
    
       Art 2°.-  Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucumán, a los  siete  días del mes de
    abril del año dos mil veintidós.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 9472
    Vinculada con Ley 8570
    Vinculada con Ley 9195
    Vinculada con Decreto DECRETO ACUERDO 2-3-ME-2019

  • Resumen

    MODIFICA LEY N° 9472 -AUTORIZA AL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO A RESCINDIR LOS ACUERDOS SUSCRIPTOS CON LAS EMPRESAS CONTRATISTAS DEL EMPRENDIMIENTO HABITACIONAL "2500 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA DE EL MANANTIAL", CON EXCEPCION DE AQUELLAS EMPRESAS QUE HAYAN DADO CUMPLIMIENTO AL REFERIDO ACUERDO-.

  • Observaciones