• Detalle de Ley

    Ley N°: 9607
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 13/10/2022
    Promulgada: 21/10/2022
    Publicada: 26/10/2022
    Boletin Of. N°: 30336

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
                                  
    
                    Oficina de Gestión Asociada 
    
       Artículo 1°.- Facúltase  a  la  Excma.  Corte  Suprema de
    Justicia a  crear   Oficinas  de  Gestión  Asociada  en  los
    distintos fueros  y  Centros  Judiciales, de conformidad con
    las necesidades de servicio. 
    
       La Oficina  de  Gestión  Asociada, es una organización de
    carácter instrumental  jurisdiccional  y  su  estructura  se
    sustenta en  los    principios  de  jerarquía,  división  de
    funciones, coordinación y control.
    
       Integra la  estructura  orgánica asignada al desempeño de
    la   función   jurisdiccional  de  los  Jueces  que  presten
    servicio bajo  la  modalidad  de  Gestión  Asociada,  con la
    dependencia que  establezca   la  Excma.  Corte  Suprema  de
    Justicia. 
    
       Los principios  rectores  en la actuación de las Oficinas
    de   Gestión  Asociada para lograr brindar un mayor acceso a
    la Justicia, son: 
    
       1) Virtualidad: La  realización  de  actos  procesales en
       forma virtual conforme  las   reglamentaciones  vigentes;
       2) Desformalización de los procesos: La simplificación en
       la producción de actos procesales;
       3) Fluidez en la comunicación:  Mayor  interacción  entre
       las partes, profesionales,  magistrados y  auxiliares  de
       justicia que intervienen en un proceso;
       Acceso a la información: Instruyendo a  las  partes sobre
       conceptos    básicos   del   proceso   judicial,  sujetos
       intervenientes, y facilitando el acceso a la  consulta de
       las actuaciones digitales;
       4) Eficiencia: gestionando la prestación del  servicio de
       justicia en   el  menor tiempo   y cantidad  de  recursos
       posibles; y,
       5) Mejora  continua:   planificando,    implementando   y
       corrigiendo en forma periódica los  circuitos de trabajo,
       a   través   de la   estandarización   de  instructivos y
       procedimientos.
    
       Art. 2º.- Las  Oficinas  de Gestión Asociada, tendrán las
    siguientes funciones: 
    
       1) Gestionar la eficiente  prestación  del  servicio  del
       fuero correspondiente;
       2) Prestar asistencia a los Jueces que  presten  servicio
       bajo la modalidad de Gestión Asociada;
       3) Tener a su cargo las áreas encargadas de  los trámites
       judiciales (plataforma de atención,  audiencias,  gestión
       del  expediente   digital,   despacho de   resoluciones),
       fijadas por la Excma. Corte Suprema  de Justicia mediante
       reglamentación;
       4) Organizar  las audiencias y el despacho judicial;
       5) Asistir a  los   Jueces  y a las  partes  durante  las
       audiencias;
       6) Dictar  las   providencias simples que no impliquen la
       admisión y/o  denegación de un derecho o de una prueba, a
       través de su Secretario/Director;
       7) Mantener  actualizados  los   registros informáticos y
       físicos de tramitación de casos;
       8) La organización  de   su  personal,   a  través de  un
       Secretario/Director; y,
       9) Desarrollar   acciones   de   gestión   para la mejora
       continua del servicio de justicia.
    
       Art. 3º.- Las    Oficinas  de  Gestión Asociada estarán a
    cargo  de un  Secretario/Director,  los que serán designados
    por  la  Excma.  Corte    Suprema        de     Justicia  de
    Tucumán,  quien determinará sus funciones.
    
                   Modalidad de Gestión Asociada
    
       Art. 4º.- Facúltase a la Excma. Corte Suprema de Justicia
    a   disponer la  fusión  de las unidades jurisdiccionales  a
    fin de prestar servicios  bajo  la modalidad establecida por
    la  presente  Ley,    asistidas    por    las   Oficinas  de
    Gestión Asociada.    
    
       Los   Jueces   que presten servicios bajo la modalidad de
     Gestión Asociada,  intervendrán en las causas asignadas  de
    manera           unipersonal      con    las    competencias
    jurisdiccionales correspondientes  al     fuero    al    que
    pertenecieren.  Las    resoluciones        que      dictaren
    serán recurribles  conforme  lo  establecido en el Código de
    rito. 
    
       Art. 5º.- Una  vez  dispuesta  la prestación del servicio
    bajo   la  modalidad  de  Gestión  Asociada  en un fuero, la
    Excma. Corte  Suprema podrá disponer cuáles serán los Jueces
    que prestarán servicios bajo dicha modalidad.
    
       Cuando un  Magistrado  pasare a prestar servicios bajo la
    modalidad de  Gestión  Asociada,  mantendrá  la jurisdicción
    sobre aquellos procesos que no hubiere finalizado.
    
       Art. 6º.- En  caso  de licencia, impedimento o suspensión
    por   un  tiempo superior a sesenta (60) días corridos, o en
    caso de  vacancia  se  designará  un  subrogante conforme el
    procedimiento previsto por la Ley N° 8197.
    
       Art. 7º.- La   implementación   de  lo  dispuesto  en  la
    presente   Ley se realizará en forma íntegra o parcial, y de
    manera paulatina  y  gradual por fuero, instancia y/o Centro
    Judicial. 
    
       Art. 8°.- La  Excma.  Corte  Suprema de Justicia, dictará
    las   normas  reglamentarias necesarias para el cumplimiento
    de la presente Ley. 
    
       Art. 9º.- Derógase la Ley N° 9292.
    
       Art. 10.- Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de   la  Provincia  de  Tucumán, a los trece días del mes de
    octubre del año dos mil veintidós.
    

  • Relaciones

    Deroga a Ley 9292
    Modificada por Ley 9712
    Vinculada con Ley 8197

  • Resumen

    FACULTA A LA EXCMA. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A CREAR OFICINAS DE GESTION ASOCIADA EN LOS DISTINTOS FUEROS Y CENTROS JUDICIALES. DEROGA LEY N° 9292 -CREA LA OFICINA DE GESTION DE AUDIENCIAS CIVILES Y COMERCIALES QUE DEPENDERA JERARQUICAMENTE Y DE MANERA DIRECTA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-.

  • Observaciones