La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Prorrógase, a partir de la fecha de su
vencimiento, la vigencia de la Ley Nº 9466 y su
modificatoria Nº 9544, hasta el 31 de Diciembre de 2023.
Art. 2°.- Modifícase la Ley Nº 9466, modificada por Ley
Nº 9544, en la forma que a continuación se indica:
"En el Artículo 2º, sustituir la expresión: " ... Pesos
Veinte Millones ($20.000.000,00) ... ", por la expresión:
" ... Pesos Treinta Millones ($30.000.000,00)."
Art. 3°.- Derógase la Ley sancionada el 24 de Noviembre
de 2022 y comunicada al Poder Ejecutivo como P.L. 165/2022
(Nota Nº 313/2022).
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintidós días del
mes de diciembre del año dos mil veintidós.