• Detalle de Ley

    Ley N°: 9767
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: TURISMO - TRIBUTARIO
    Sancionada: 30/04/2024
    Promulgada: 13/05/2024
    Publicada: 17/05/2024
    Boletin Of. N°: 30716

  • Texto
  • 
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
    
    
                               L E Y :
    
    
    
       Artículo 1°.- Exímese   del  Impuesto  de  Sellos,  a los
    contratos  de  concesión  turística  otorgados  por  el Ente
    Autárquico  Tucumán Turismo que cumplan los requisitos de la
    presente Ley.
    
       Art. 2º.- El beneficio dispuesto  en el artículo anterior
    es   aplicable   para   aquellos   contratos   de  concesión
    establecidos  por Ley N° 9620, que prevean la obligación por
    parte  del concesionario, de la realización de una inversión
    mínima equivalente en Pesos al valor de Ciento Cincuenta Mil
    Dólares  Estadounidenses  (u$d 150.000.-),  en los inmuebles
    concesionados de propiedad del Superior Gobierno de Tucumán,
    cuyo  destino  sea  la prestación de servicios turísticos, a
    través  de  la creación de nueva infraestructura o mejora de
    la existente en establecimientos turísticos.
    
       Art. 3°.- Autorízase  al  Poder Ejecutivo, a realizar las
    adecuaciones  presupuestarias  que  estime  pertinente  para
    cumplimiento de la presente Ley.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
         Dada   en    la   Sala  de  Sesiones  de  la  Honorable
    Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, a los treinta días
    del mes de abril del año dos mil veinticuatro.
    
    
    	

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 9620

  • Resumen

    EXIME DEL IMPUESTO DE SELLOS, A LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN OTORGADOS POR EL ENTE AUTARQUICO TUCUMÁN TURISMO. SERÁN BENEFICIARIOS LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN ESTABLECIDOS POR LEY 9620.

  • Observaciones