• Detalle de Ley

    Ley N°: 9798
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: JUSTICIA - CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 26/09/2024
    Promulgada: 27/09/2024
    Publicada: 30/09/2024
    Boletin Of. N°: 30807

  • Texto
  • 
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°.- Incorpórese     en     las    disposiciones
    transitorias   de  la  Ley  Provincial N° 8197, el siguiente
    artículo: 
    
         "Art. 21.- Subrogancias.  El  Poder  Ejecutivo   podrá,
         excepcionalmente,   prorrogar  las subrogancias  de los
         magistrados penales afectados al Colegio de Jueces como
         a  las unidades jurisdiccionales  conclusionales  hasta
         la fecha de finalización del Periodo de  Resolución  de
         Causas Pendientes establecida en el Art. 19 de  la  Ley
         Provincial N° 8934. Esta disposición tendrá  vigencia a
         partir de la fecha de publicación.
    
         - El Art. 21 de la Ley, pasa a ser Art. 22."
    
       Art. 2°.- Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de   la  Provincia de Tucumán, a los veintiséis días del mes
    de setiembre del año dos mil veinticuatro.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 8197
    Vinculada con Ley 8934

  • Resumen

    -INCORPORA ARTICULO EN LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY N° 8197- CONSEJO ASESOR DE LA MAGISTRATURA (CAM)-

  • Observaciones