La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 8981 de la manera que
a continuación se indica:
- Sustituir el texto del primer párrafo en el Artículo
1°, por el siguiente:
"Declárase la Emergencia por Violencia contra la Mujer en
el territorio provincial, hasta el 31 de Diciembre del
año 2025. Este plazo podrá prorrogarse fundadamente, si
persisten las causas que originan esta declaración."
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los diecinueve días del mes
de diciembre del año dos mil veinticuatro.