La legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Articulo 1°.- Desaféctase de las disposiciones de la Ley
N° 7142 (Sistema Activo por Activo) y sus modificatorias,
una fracción del inmueble propiedad del Superior Gobierno de
la Provincia, ubicado en la localidad de Monte Redondo -
departamento Burruyacú, identificado según Plano de Mensura
y División N° 463/N, con la siguiente Nomenclatura
Catastral: Padrón Inmobiliario N° 196.638 (Padrón de Origen
N° 195.646) Circunscripción: I - Sección: K - Lámina: 15 -
Parcela: 264 D (12) - Matrícula Catastral N° 13329 - Orden
Catastral: 22 - ubicado como Lote/Fracción: 13, compuesto de
las siguientes medidas y linderos: al Norte: 1.213,93 m; al
Sur: 1.276,85 m al Este: 710,35 m; y al Oeste: 670 m.
Linderos: al Norte parcela 264 D (10); al Sur: parcela 264 D
(15); al Este : camino de por medio con César Grucci y al
Oeste: canal de por medio con Parcela 264 D (9) y Parcela
264 D (11). Con una Superficie total de 85 ha 8356,2735 m2,
e inscripto en su mayor extensión en el Registro
Inmobiliario en la Matrícula Registral A-02148.
Art. 2°.- Autorizase al Poder Ejecutivo a otorgar en
comodato, por el plazo de treinta (30) años, a la Estación
Experimental Agroindustrial Obispo Colombres, el inmueble
descripto en el artículo precedente, para ser destinado a
tareas de investigación y transferencia.
Art. 3°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veinte días del mes de
marzo del año dos mil veinticinco.