* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Reemplazase en el artículo 1º de la Ley nº
1.696 del 28 de Junio de 1937, las palabras "hasta la suma
de diez millones de pesos moneda nacional", por "hasta la
suma de ocho millones doscientos mil pesos moneda nacional".
Art.2º.- Remplazase el artículo 6º de la Ley número 1.696
de fecha 28 de Junio de 1937, por el siguiente:
El producido de la negociación o venta de los "títulos"
de obras públicas de la Provincia de Tucumán, se destinará a
lo siguiente:
1 Para la construcción del Palacio de los
Tribunales, que autoriza la ley número
1.613 del 2 de Marzo de 1936, incluso
gastos de instalación....................$ 2.675.000
2 Para construcción de edificios fisca-
les en la campaña, para oficina de Co-
misarías, Juzgados de Paz y Comisiones
de Higiene y Fomento.....................$ 560.000
3 Para transformar el Hospital de Concep-
ción en Cárcel de Contraventores,hasta...$ 50.000
4 Para construcción del edificio de la Hono-
rable Legislatura........................$ 550.000
Asistencia Social
5 Construcción de un Hospital en Concepción
incluso terreno, gastos de instalación,et-
cetera, hasta............................$ 220.000
6 a) Para construcciones en el Hospital de
Aislamiento (Avellaneda), hasta..........$ 43.000
b) Para construcciones en el Hospital de
Aislamiento (Villa Urquiza), hasta.......$ 57.000
7 Para ampliaciones en el edificio del Hos-
pital de Alienados, incluso gastos de ins-
talaciones, etcétera.....................$ 100.000
Edificación escolar
8 Construcción de edificios escolares,repa-
raciones y mejoras de los existentes,
incluso adquisición de terrenos, has-
ta.......................................$ 1.100.000
9º Para el pago del saldo pendiente de e-
dificación escolar,ejecutada a plazos,
conforme a la ley del 16 de Junio de
1933, hasta..............................$ 366.500
Vivienda obrera
10 Para cumplimiento de la ley número
1.751, hasta.............................$ 1.200.000
11 Para construcción del camino desde
Avenida Colón hasta camino del Perú......$ 300.000
$ 7.221.000
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a nueve
días del mes de Junio de mil novecientos treinta y nueve.