• Detalle de Ley

    Ley N°: 1971
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 28/09/1946
    Promulgada: 08/10/1946
    Publicada: 08/10/1946
    Boletin Of. N°: 11229

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Deróganse los  artículos 6º y 7º  de la ley
    de Riego de la Provincia, sancionada el 18 de marzo de 1897.
    
       Art.2º.- Facúltase al  Poder  Ejecutivo para designar una
    comisión, integrada por dos técnicos hidráulicos y un asesor
    letrado, los  que conjuntamente con dos miembros de la Hono-
    rable Legislatura, nombrado cada uno por la respectiva Cáma-
    ra, deberán  formular  los  proyectos de las leyes de Agua y
    Colonización.
    
       Art.3º.- Establécese que  en  los  casos enumerados en el
    articulo 3º de la citada ley, sólo se acordarán con permisos
    temporarios y  cuando sea de imprescindible necesidad, hasta
    tanto obtenga  sanción la nueva ley de agua que regirá en el
    futuro.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a veintiocho  días  del  mes de setiembre de mil novecientos
    cuarenta y seis.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 731
    Derogada por Ley 3742

  • Resumen

    DEROGA LOS ARTICULOS 6° Y 7° DE LA LEY 731 -LEY DE RIEGO DE LA PROVINCIA-.

  • Observaciones