• Detalle de Ley

    Ley N°: 2116
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 30/10/1947
    Promulgada: 12/11/1947
    Publicada: 24/11/1947
    Boletin Of. N°: 11559

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de  Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase la ley Nº 2027, en la  siguiente
    forma:
       Art.1º.- Agregar después de las  palabras "la  provisión"
    la palabra "gratuita".
       Art.3º.- Sustituirlo por el siguiente: "Art. 3º. Los  es-
    tablecimientos comprendidos en la presente ley deberán soli-
    citar al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, la
    aprobación del o de los sistemas propuestos para cumplir con
    lo dispuesto por los artículos anteriores.Estos sistemas se-
    rán presentados por los interesados dentro de un término  de
    noventa días a contar de la promulgación de la presente ley.
    En caso de que un  proyecto fuese  observado, el  Ministerio
    concederá un plazo ampliatorio no mayor de  treinta  días, a
    fin de que los establecimientos propongan las modificaciones
    correspondientes.
       "Los servicios especificados en los artículos  anteriores
    deberán estar en funcionamiento dentro del término  de  seis
    meses a contar desde el último plazo acordado".
       Art.4º.- Sustituir "$ 10.000"  por "$ 50.000" y "Ministe-
    rio" por "Poder Ejecutivo".
       Art.5º.- Agregar después de  la  palabra "iniciación" las
    siguientes " y/o ejecución".
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada  en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a treinta  días  del mes de octubre de mil novecientos  cua-
    renta y siete.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 2027
    Modificada por Ley 2300
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LEY 2027 -QUE OBLIGA A ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES A PROVEER DE AGUA POTABLE A SUS OBREROS-.

  • Observaciones