• Detalle de Ley

    Ley N°: 2729
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 25/11/1958
    Promulgada: 28/11/1958
    Publicada: 09/12/1958
    Boletin Of. N°: 14435

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes  modificaciones
    en   los  artículos 2º, 4º y 10 del texto ordenado de la ley
    1.403:
       "Art.2º.- Suprimir las palabras "por  dos  tercios de vo-
    tos de los senadores presentes".
       "Art.4º.- Suprimir el último párrafo que dice:" Los miem-
    bros de la  Comisión  Arbitral  gozarán de los privilegios e
    inmunidades que tienen los  legisladores de la  Provincia en
    el ejercicio de sus funciones, y tan sólo podrán ser removi-
    dos por las causas y en la forma  que  determina el artículo
    126 de la Constitución Provincial".
       "Art.10º.- Agregar entre las palabras "proyectará" y"los"
    las siguientes " su presupuesto y".
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de  Tucumán, a los veinticinco días del mes de noviembre del
    año mil novecientos cincuenta y ocho.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1403
    Derogada por Ley 5358

  • Resumen

    MODIFICA LEY 1403 -CAMARA GREMIAL DE PRODUCTORES DE AZUCAR- EN LO REFERENTE A INMUNIDADES Y PRIVILEGIOS DE LA COMISION ARBITRAL.-

  • Observaciones