* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la ley 2.786 en la forma y en
los artículos que se expresan a continuación:
Agregar como artículos 6º y 7º los siguientes:
"Art. 6º.- Créase un impuesto de $ 10 por cada boleta u-
tilizada para el juego de quiniela".
"Art.7º.- El producido del impuesto que se establece en
el artículo anterior será destinado:
10% para ropas y útiles escolares
10% para medicamentos destinados a hospitales
10% para municipalidades y comunas rurales
10% para pensiones a la vejez
60% para construcción,reparación y ampliación de edifi-
cios escolares".
Art.2º.- Derógase el decreto-ley 47/17, de fecha 10 de
octubre de 1963, dictado por la Intervención Federal.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a veinticuatro días del mes de enero de mil
novecientos sesenta y cuatro.