• Detalle de Ley

    Ley N°: 3737
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: PROCESAL LABORAL
    Sancionada: 01/09/1971
    Promulgada: 01/09/1971
    Publicada: 08/09/1971
    Boletin Of. N°: 17570

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO, la autorización concedida por el Superior Gobierno
    de la Nación, mediante Decreto nº 3.018 de fecha 12 de agos-
    to del corriente  año;  y en ejercicio de las facultades le-
    gislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la
    Revolución Argentina,
    
              EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
                SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  la  Ley nº 3.648 de fecha 22 de
    mayo de 1970, en la forma que a continuación se indica:
       a) Suprímese del  encabezamiento  del  Capítulo  II,  del
     Título VI, las  siguientes  palabras:  "y pérdida de juris-
    dicción".
       b) Sustitúyese el artículo 114 por el siguiente texto:
       "Artículo 114º.- Este   recurso  deberá  ser  interpuesto
    dentro de las  24  horas  de  notificada  la  sentencia y no
    suspenderá el término para apelar".
       c) Suprímese el  segundo  párrafo  del  artículo 145, que
     dice:
       "En todo lo no previsto por el presente Código en materia
     de costas se  aplicarán  las disposiciones contenidas en el
    Título I, Capítulo  VI  del  Código  de Procedimientos en lo
    Civil y Comercial".
    
       Art.2º.- Comuníquese, cúmplase,  publíquese en el Boletín
    Oficial y archívese  en  el  Registro Oficial de Leyes y De-
    cretos.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3648
    Derogada por Ley 6008

  • Resumen

    MODIFICA LEY 3648 -CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PARA LA JUSTICIA
    DEL TRABAJO-

  • Observaciones