• Detalle de Ley

    Ley N°: 4399
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION - TRATADOS Y CONVENIOS - ECONOMICO - TURISMO
    Sancionada: 12/12/1975
    Promulgada: 23/12/1975
    Publicada: 31/12/1975
    Boletin Of. N°: 18633

  • Texto
  • El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Declárase Monumento Histórico Provincial, a
    las Ruinas de Ibatín, situadas en el departamento  de Monte-
    ros.
    
       Art.2º.- El Poder Ejecutivo dispondrá las medidas  condu-
    centes  a la exploración, investigación, restauración y pre-
    servación de las ruinas a que se refiere el  artículo prime-
    ro. Asimismo hará construír un local destinado a museo, para
    la exhibición y resguardo de piezas de  valor histórico des-
    cubiertas en la zona.
    
       Art.3º.- El Poder Ejecutivo dotará al Consejo  Provincial
    de Difusión Cultural de  los  recursos humanos  y materiales
    necesarios para el cumplimiento de las disposiciones  prece-
    dentes.
    
       Art.4º.- facúltase  al  Poder Ejecutivo a celebrar conve-
    nios con la Universidad Nacional de Tucumán, con fines de a-
    sesoramiento.
    
       Art.5º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir de ren-
    tas generales y con imputación a la  presente ley, las sumas
    necesarias para su cumplimiento.
    
       Art.6º.- El Poder Ejecutivo  reglamentará la presente ley
    dentro de los treinta días de su promulgación.
    
       Art.7º.- Comuníquese.-
       Dada en la sala de sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la  Provincia de Tucumán, a los doce  días del mes de di-
    ciembre del año mil novecientos setenta y cinco.-

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 3891
    Vinculada a Ley 7145

  • Resumen

    DECLARA MONUMENTO HISTÓRICO PROVINCIAL A LAS RUINAS DE IBATÍN, DEPARTAMENTO MONTEROS.

  • Observaciones