• Detalle de Ley

    Ley N°: 4455
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 13/05/1976
    Promulgada: 13/05/1976
    Publicada: 20/05/1976
    Boletin Of. N°: 18728

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
     CONSIDERANDO, que es  preciso  dotar  al Banco Municipal de
    Tucumán de la funcionalidad y eficiencia, que le permita dar
    solución satisfactoria a sus múltiples problemas,
    
            EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  artículo 27º del actual De-
    creto Ley nº 3785 de fecha 21 de febrero de 1972, cuyo nuevo
    texto es el  siguiente:  "Artículo 27º.- La administración y
    fiscalización del Banco,  será  ejercida  por  un Directorio
    compuesto por un  Presidente  y  cuatro Vocales, todos ellos
    argentinos, nativos o  naturalizados, los que serán designa-
    dos por el Intendente Municipal".
    
       Art.2º.- Modifícase el  texto  del artículo 28 del expre-
    sado Decreto Ley  nº  3785/1972,  cuya nueva redacción es la
    siguiente: "Artículo 28.-  Los miembros del Directorio debe-
    rán gozar de  honorabilidad  reconocida  y  ser  versados en
    problemas sociales y económico-financieros, no pudiendo
    formar parte del  Directorio  o administración de otros Ban-
    cos. Deberán concurrir   diariamente  al  establecimiento  y
    atender sus despachos".
    
       Art.3º.- Modifícanse consecuentemente y coherentemente
    los textos correlativos.
    
       Art.4º.- La presente Ley entrará a regir desde su promul-
    gación.
    
       Art.5º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en  el Boletín Oficial y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3785
    Derogada por Ley 5388

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 3785 -CARTA ORGÁNICA DEL BANCO MUNICIPAL DE
    TUCUMÁN-.

  • Observaciones