• Detalle de Ley

    Ley N°: 4541
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 07/09/1976
    Promulgada: 07/09/1976
    Publicada: 13/09/1976
    Boletin Of. N°: 18807

  • Texto
  • *DEROGADA*
    
       VISTO, las facultades legislativas conferidas por la Jun-
    ta Militar, y de  conformidad  a lo establecido  por la Ins-
    trucción Nº 1/76, artículo 1º, parágrafo 1.1,
    
              EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúyese  en el  inciso 1º, letra a) del
    artículo 37  de la Ley  Orgánica de  Tribunales (Ley Nº 957,
    modificada por Ley Nº 3.976, de fecha 25 de  julio de 1973),
    las palabras "un año" por "dos años".
    
       Art.2º.- Las causas en trámite radicadas ante  los Juzga-
    dos del Crimen o de Instrucción, a la fecha de entrar en vi-
    gencia la presente Ley, cualquiera sea  su estado, continua-
    rían sustanciándose en dichos  Juzgados hasta su conclusión,
    con sujeción a la Ley anterior.
    
       Art.3º.- La presente Ley entrará en  vigencia a partir de
    la fecha de su publicación.
    
       Art.4º.- Téngase por  Ley de la  Provincia, cúmplase, pu-
    blíquese  en  el  BOLETÍN OFICIAL y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos.-

  • Relaciones

    Modifica a Ley 957
    Modifica a Ley 3976
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY 957 -LEY ORGANICA DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA
    - .

  • Observaciones