* DEROGADA *
VISTO las facultades otorgadas por la Junta Militar en el
artículo 1º de la Instrucción nº 1/76,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Inclúyese dentro de las previsiones de la
Ley Nº 4.648, a la Comuna Rural de Los Sarmiento y La Tipa
(Circunscripción Administrativa de Río Chico).
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-