• Detalle de Ley

    Ley N°: 5172
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 07/05/1980
    Promulgada: 07/05/1980
    Publicada: 12/05/1980
    Boletin Of. N°: 19738

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       Visto, las facultades legislativas conferidas por la Jun-
    ta Militar en  los  términos del artículo 1º, apartado 1.9.,
    de la Instrucción Nº 1/77,
    
               EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  la Ley Nº 4.616 y sus modifica-
    ciones, en los  artículos  y  en  la  forma  que se indica a
    continuación:
       1) Sustitúyese el  acápite B) del inciso b), del artículo
    1º, por el siguiente:
    
         "B) El Centro Judicial de  Concepción, que extiende  su
             jurisdicción a los  Departamentos Chicligasta,  Río
             Chico, Graneros y primer distrito de Monteros".
    
        Esta disposición será aplicable a las causas que se ini-
    ciaren con posterioridad a la entrada en vigencia de la pre-
    sente ley.
    
       2) Sustitúyese en  el inciso d) del artículo 7º la expre-
    sión "Por cinco  defensores  oficiales  en lo Civil y Penal,
    tres para la capital ", por la de "Por siete defensores ofi-
    ciales en lo Civil y Penal, cinco para la Capital".
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en  el  BOLETIN OFICIAL y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 4616
    Modificada por Ley 5176
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY 4616 -ORGANICA DEL PODER JUDICIAL- .

  • Observaciones