• Detalle de Ley

    Ley N°: 5399
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 23/06/1982
    Promulgada: 23/06/1982
    Publicada: 29/06/1982
    Boletin Of. N°: 20277

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       Visto, lo  actuado  en expediente Nº 421/330-1982 del Re-
    gistro de  la  Secretaría de Estado de Agricultura y Ganade-
    ría, lo  dispuesto  en  el  Decreto  Nacional Nº 877/80 y en
    ejercicio de  las  facultades legislativas conferidas por la
    Junta Militar,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúyese  la  primera parte del artículo
    89 de  la  Ley Nº 731 que fuera modificado en el artículo 1º
    de la Ley Nº 5.370, por el siguiente:
       "Art. 89.- Los dueños u ocupantes de un fundo son respon-
    sables de  toda  sustracción de agua que se verifique dentro
    de un fundo en su propio beneficio. Tales contravenciones se
    reprimirán con una multa de veinte a mil quinientas veces al
    canon de riego vigente en el año en que cometa la contraven-
    ción equivalente  a  una  hectárea, acorde con el sistema de
    captación de agua".
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el BOLETIN OFICIAL y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 731
    Derogada por Ley 7139

  • Resumen

    MODIFICA LEY 731 -LEY DE RIEGO DE LA PROVINCIA-.

  • Observaciones