* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Fíjase en la suma de ochenta y tres millo-
nes doscientos siete mil quinientos setenta y tres ($a
83.207.573), el total de erogaciones del Presupuesto del Po-
der Legislativo, para el ejercicio 1984, conforme se deta-
lla analíticamente en las planillas anexas que enumeradas
del I al VI forman parte integrante de la presente ley.
EROGACIONES
1.- Erogaciones Corrientes.........$a 80.457.573.-
2.- Erogaciones de Capital.........$a 2.750.000.-
TOTAL... $a 83.207.573.-
Art. 2º.- Fíjase en ciento ochenta y seis (186) el núme-
ro de cargos de la Planta de Personal Permanente, que compo-
ne los recursos humanos del Poder Legislativo.
Art. 3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a anticipar de
rentas generales los recursos necesarios para el cumplimien-
to de la presente ley, hasta tanto se sancione el Presupues-
to General de la Provincia para 1984.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta días del mes de
diciembre del año mil novecientos ochenta y tres.