* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.-Modifícase el artículo 1º de la Ley nº 5.680
en la forma que se expresa a continuación:
- En el apartado C) sustituir "20 %" por "20 0/00".
- En el apartado D) sustituir "20 %" por "20 0/00".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiséis días del mes de
diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-