* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 5.529 y su modifica-
toria Ley Nº 5.713, en la siguiente forma:
- Sustituir el artículo 14 por el siguiente:
"Art. 14.- El Concejo se renovará totalmente. Sus miem-
bros durarán cuatro (4) años en el ejercicio de sus cargos,
salvo lo dispuesto en el art. 15 de esta Ley, y podrán ser
reelegidos".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los dieciséis días del mes de
julio del año mil novecientos ochenta y siete.