* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 5.721 en la forma que
a continuación se consigna:
-Reemplazar el inciso d) del artículo 4º, por el siguien-
te:
"d) Diplomas o Certificados de Asistente Social,
Trabajador Social, Licenciado en Servicio So-
cial o trabajo Social expedido por centro de
formación de Profesionales del Servicio Social
dependiente de Organismos Nacionales, Provin-
ciales o Privados reconocidos por autoridad
competente y cuyos planes de estudio le hayan
asegurado una formación teóricopráctica de no
menos de tres (3) años, hasta que la Universi-
dad Nacional de Tucumán comience a expedir tí-
tulos equivalentes."
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a veintinueve días del mes de
diciembre de mil novecientos ochenta y ocho.