* CADUCA *
VISTO que por Ley Nº 6.111 del 9 de Abril de 1991, se
dispuso que el personal Superior y Subalterno dependiente de
la Policía de Tucumán, que fuera pasado a situación de reti-
ro obligatorio por el Poder Ejecutivo, en virtud de la rees-
tructuración operada en la Repartición Policial, acreditando
tiempos mínimos de servicios policiales; y
CONSIDERANDO:
Que tal medida también debe extenderse al personal Supe-
rior de la Policía de Tucumán que, encontrándose consustan-
ciados con el proceso de reestructuración de las filas poli-
ciales, haya solicitado su pase a situación de retiro volun-
tario.
Por ello, y en uso de las atribuciones gubernamentales o-
torgadas por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante Decretos
Nros. 103 y 104 de fecha 15 de Enero de 1991,
EL INTERVENTOR FEDERAL (INT.)
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Agrégase al final del artículo 1º de la Ley
Nº 6.111 del 9 de Abril de 1991, lo siguiente: "Asimismo el
personal Superior en las condiciones del apartado precedente
que hayan solicitado su pase a situación de retiro volunta-
rio, quedarán comprendidos en las disposiciones de la pre-
sente Ley".
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletin Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.