• Detalle de Ley

    Ley N°: 6678
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 13/09/1995
    Promulgada: 09/10/1995
    Publicada: 13/10/1995
    Boletin Of. N°: 23628

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  artículo  1º  de  la Ley Nº
    6.299, modificatoria  del Artículo 2º de la Ley Nº 5.728, el
    que queda redactado de la siguiente manera:
    
       "Artículo 1º.- Los Bonos de Cancelación de Deudas se emi-
    tirán al  portador,  llevarán  indicado el número de Ley, la
    serie a  que corresponden y contendrán las formalidades pre-
    vistas en  los  artículos  744 y 745 del Código de Comercio,
    sin perjuicio  de las que estime conveniente el Poder Ejecu-
    tivo, y caducarán el 31 de diciembre de 1.999".
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los trece días del mes de sep-
    tiembre de mil novecientos noventa y cinco.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5728
    Modifica a Ley 6299
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA EL ARTICULO 1° DE LA LEY 6299, MODIFICATORIA DEL ARTICULO 2° DE LA LEY N° 5728. -BONOS DE CANCELACION DE DEUDAS-.

  • Observaciones