* DEROGADA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 6.890 y su modifica-
toria Ley Nº 6.895, en la forma que se indica a conti-
nuación:
-Sustituir en el artículo 3º, la expresión "10 de No-
viembre de 1998" por "28 de Febrero de 1999".
Art. 2º.- Derógase toda norma que se oponga a la pre-
sente.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veinticuatro días del mes
de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.-