• Detalle de Ley

    Ley N°: 6895
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 07/09/1998
    Promulgada: 08/09/1998
    Publicada: 14/09/1998
    Boletin Of. N°: 24361

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Prorrógase por 60 días el plazo establecido
    en el Art. 6º de la Ley 6.890 y su modificatoria 6.891.
    
       Art. 2º.- Sustitúyese  el  Art. 3º de la Ley 6.890 por el
    siguiente:
       "Art. 3º.-  El  Poder Ejecutivo en un plazo que no supere
    el 10  de  Noviembre  de 1998, elevará a la Honorable Legis-
    latura el  proyecto  de ley que determine la zonificación de
    las futuras prestaciones, el correspondiente marco regulato-
    rio, régimen  tarifario,  pliego  de  bases  y condiciones y
    modelo de contrato de concesión."
    
       Art. 3º.- Suspéndese  por  igual término al mencionado en
    el   Art.  1º,  el  cuarto  párrafo del Art. 8º de la Ley Nº
    6.890.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucumán,  a  los siete días del mes de
    setiembre de mil novecientos noventa y ocho.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 6890
    Modifica a Ley 6891
    Modificada por Ley 6914
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEYES 6890 Y 6891 -COMUNICACIÓN POR PARTE DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS RURALES SI ACEPTAN ASUMIR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE AGUA Y CLOACAS-.

  • Observaciones