• Detalle de Ley

    Ley N°: 6947
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 15/03/1999
    Promulgada: 29/03/1999
    Publicada: 08/04/1999
    Boletin Of. N°: 24502

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el inciso b) del artículo 2º de
    la Ley  Nº 6.796, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº
    6.877 y su modificatoria Nº 6.921, por el siguiente:
    
          "b).- El saldo hasta retirar totalmente de circulación
    dichos bonos  en  un  plazo  que  no podrá exceder del 30 de
    Junio de  1999,  no  pudiendo realizarse nuevas emisiones de
    los mismos  en  los  términos de la Ley Nº 5.728 y sus modi-
    ficatorias.
    
       Art. 2º.- La presente ley entrará en vigencia a partir de
    su sanción.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucumán,  a los quince días del mes de
    marzo de mil novecientos noventa y nueve.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 6796
    Modificada por Ley 6957
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA EL INCISO B) DEL ARTICULO 2º DE LA LEY Nº 6796, SUSTITUIDO POR EL ARTICULO 1º DE LA LEY 6877 Y SU MODIFICATORIA LEY Nº 6921.

  • Observaciones