* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 6.608 y sus modifica-
torias de la siguiente manera:
- Reemplazar en el artículo 75 inc. b) la expresión: "a
toda otra actividad incluida en la Ley Nº 15.336 y su decre-
to reglamentario" por la expresión "al cumplimiento de las
misiones y funciones previstas en la Ley Nº 6.423".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los seis días del mes de agos-
to de mil novecientos noventa y nueve.-