* DEROGADA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Sustitúyese en los Artículos 1º Inc. 4) y
15 de la Ley Nº 6.709, modificada por la Ley Nº 6.810 la
expresión: "Ministerio de Hacienda" por: "Ministerio de
Economía".
Art. 2º.- La modificación terminológica dispuesta por el
Artículo 1º se hará extensiva a toda otra norma que contenga
la denominación que por la presente se sustituye.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los cinco días del mes de
noviembre de mil novecientos noventa y nueve.