La Legislatura de la Provincia de Tuucmán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Institúyase anualmente el Premio "Lola Mo-
ra" al mejor programa o comercial de radio o televisión o de
prensa escrita, que promueva los derechos de la mujer, in-
centive la cooperación y la solidaridad entre los sexos,
contribuya a la superación de los estereotipos negativos pa-
ra la mujer, reivindique en general los derechos iguali-
tarios, su cumplimiento en todos los ámbitos y la no discri-
minación contra la mujer.
Art. 2º.- La Dirección de la Mujer o el organismo equi-
valente, será la autoridad de aplicación de la presente ley,
determinando las bases y condiciones del premio y el número
de integrantes del jurado. El premio consistirá en una esta-
tuilla y pergaminos.
Art. 3º.- El premio será concedido anualmente por un ju-
rado ad-hoc, compuesto por personalidades cuyas conductas o
valores en defensa de los derechos de la mujer justifiquen
tal designación, por representantes de organizaciones socia-
les no gubernamentales dedicadas a la temática de la mujer,
representantes de: la Universidad Nacional de Tucumán, Uni-
versidad Tecnológica Nacional y Universidad del Norte Santo
Tomás de Aquino, los diferentes bloques que componen la H.
Legislatura y de la Dirección de la Mujer o del organismo
que la reemplace. El primer jurado dictará su reglamento in-
terno.
Art. 4º.- Los gastos que demande la implementación de la
presente ley deberán estar previstos, a partir del Ejercicio
2001, en el Presupuesto General de Gastos correspondiente al
Ministerio de Asuntos Sociales.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintitrés días del mes de
mayo del año dos mil.