• Detalle de Ley

    Ley N°: 7060
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO - PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 06/09/2000
    Promulgada: 07/09/2000
    Publicada: 19/09/2000
    Boletin Of. N°: 24867

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Ratifícase en todos sus términos el Decreto
    de Necesidad  y  Urgencia  Nº  1.771/3  (M.E.) de fecha 4 de
    Setiembre de 2000.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucumán,  a  los  seis días del mes de
    setiembre del año dos mil.
    
                 San Miguel de Tucumán, 4 de Setiembre de 2000.-
    
    DECRETO Nº 1.771/3 (ME)
    
       VISTO, la  Resolución Nº 2.757 emitida por el Banco de la
    Nación Argentina de fecha 13 de Julio de 2000, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que por la citada Resolución el Banco de la Nación Argen-
    tina acuerda  un  préstamo  por  la  suma de U$S 35.000.000-
    (DOLARES ESTADOUNIDENSES  TREINTA  Y  CINCO  MILLONES), a la
    Municipalidad de  San Miguel de Tucumán, conforme a los Tér-
    minos y Condiciones fijados por la misma.
       Que a  efectos  de ejecutar el préstamo se hace necesario
    la autorización  al  Poder  Ejecutivo  a  ceder  los  fondos
    necesarios para  atender  los  servicios  de amortización de
    Capital e intereses correspondientes a dicho crédito.
    
       Por ello,
    
                 EL VICE-GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
                  EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
                              DECRETA:
    
       ARTICULO 1º.- Autorízase a la Municipalidad de San Miguel
    de Tucumán  a  tomar el préstamo acordado por el Banco de la
    Nación Argentina,  conforme  a  los  términos  y condiciones
    fijados por  la  Resolución Nº 2.757 de fecha 13 de Julio de
    2000.
    
       ARTICULO 2º.-  Autorízase  al Poder Ejecutivo a ceder los
    fondos necesarios hasta cubrir los servicios de amortización
    de Capital  e  Intereses  correspondientes al crédito que se
    autoriza por  el Artículo 1º provenientes de los recursos de
    Coparticipación Federal  de  Impuestos - Ley Nº 23.548, o el
    régimen que la sustituya en el futuro.
    
       ARTICULO 3º.-  Dése  intervención a la Honorable Legisla-
    tura de Tucumán, de acuerdo a la Ley Nº 6.686.
    
       ARTICULO 4º.-  El presente decreto será refrendado por el
    señor Ministro de Economía.
    
       ARTICULO 5º.-  Dése al Registro Oficial de Leyes y Decre-
    tos, comuníquese,  publíquese en el Boletín Oficial y archí-
    vese.-
    

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 5854
    Vinculada con Ley 6970
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    RATIFICA EN TODOS SUS TERMINOS EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA Nº 1771/3 DEL 04/09/00 POR EL QUE SE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN A TOMAR UN PRESTAMO DEL BANCO DE LA NACION ARGENTINA.

  • Observaciones