• Detalle de Ley

    Ley N°: 7085
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SALUD
    Sancionada: 20/10/2000
    Promulgada: 10/11/2000
    Publicada: 04/12/2000
    Boletin Of. N°: 24920

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La  Legislatura de la  Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Adhiere  la Provincia de Tucumán a las dis-
    posiciones de la Ley Nacional Nº 23.753 (Enfermedad Diabéti-
    ca).
    
       Art. 2º.- Modifícase la Ley Nº 6.003  y su  modificatoria
    Nº 6.589, en la forma y artículos que se indican a continua-
    ción:
              - Reemplazar el Artículo 1º, por el siguiente:
    
                "Artículo 1º.- El  Sistema  Provincial de Salud,
                 en uso  de atribuciones  conferidas por la  Ley
                 Nº 5.652  y  sus  modificatorias, organizará  y
                 planificará a través de  un programa provincial
                 la  prevención, seguimiento, detección y/o tra-
                 tamiento de  la enfermedad  denominada Diabetes
                 Mellitus, en todas sus variedades."
    
              - Reemplazar el Art. 2º, por el siguiente:
    
                "Art. 2º.- Este  programa tenderá a la realiza-
                 ción de:
    
                 a) Un censo anual provincial de  todas las per-
                 sonas que acudan a hospitales y C.A.P.S. depen-
                 dientes del sistema.
                 b) Que a todo paciente que asista a consulta en
                 estos  establecimientos, obligatoriamente debe-
                 rán  realizarse  los  análisis correspondientes
                 para detectar la enfermedad.
                 c) Que la  Dirección de Recursos Humanos y Edu-
                 cación Sanitaria organice  una base de datos de
                 toda la Provincia, referente al presente tema y
                 efectúe  acciones tendientes a preparar al per-
                 sonal que estará a cargo de este programa.
                 d) La  confección de  un registro de  pacientes
                 insulino-dependientes, diabéticos tipo II y em-
                 barazadas con diabetes gestacional."
    
              - Suprímense los Artículos 3º, 4º, 5º y 6º.
    
              - Incorporar como Art. 3º nuevo, el siguiente:
    
                "Art. 3º.- El Si.Pro.Sa. garantizará, por inter-
                 medio de la Farmacia Oficial, el Banco de Insu-
                 lina que consistirá  en la provisión permanente
                 de insulina y  antidiabéticos  orales a los pa-
                 cientes sin cobertura social, de  acuerdo  a la
                 demanda y stock existente."
    
              - Incorporar como Art. 4º nuevo, el siguiente:
    
                "Art. 4º.- El  Poder  Ejecutivo, a  través  del
                 Sistema Provincial de Salud, efectuará los con-
                 venios que sean  necesarios con las municipali-
                 dades o entes  privados, para crear u organizar
                 en aquellos los servicios que cumplirán los fi-
                 nes establecidos por esta ley."
    
              - Los Artículos  7º al  12, pasan a  ser 5º al 10,
                respectivamente.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala  de Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia  de Tucumán, a  los veinte días  del mes  de
    octubre del año dos mil.
    
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 6003
    Modifica a Ley 6589
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    ADHIERE LA PROVINCIA A LA LEY NACIONAL 23753 -ENFERMEDAD DIABÉTICA-. MODIFICA LEY Nº 6003 Y MODIFICATORIA Nº 6589.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 6003.