• Detalle de Ley

    Ley N°: 7351
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS - ADMINISTRATIVO - TRIBUTARIO
    Sancionada: 21/01/2004
    Promulgada: 27/01/2004
    Publicada: 04/02/2004
    Boletin Of. N°: 25711

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de la Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Recházase el Decreto con Invocación a Nece-
    sidad y Urgencia Nº 17/7 (SSC), mediante el cual se prorroga
    a partir del 1 de Enero de 2004 y hasta  el 31 de  Diciembre
    de 2004, la vigencia de los  artículos 1º y 2º de  la Ley Nº
    7.096 (Emergencia  del Servicio Público de Transporte de Pa-
    sajeros).
    
       Art. 2º.- Restablécese la emergencia del servicio público
    de  transporte  colectivo automotor  de pasajeros en todo el
    territorio  provincial, declarada por Ley Nº 7.096, a partir
    del 1 de Enero  de 2004 y hasta  el 31 de Diciembre de 2004.
    
       Art. 3º.- Como  consecuencia de lo determinado por el ar-
    tículo precedente, establécese  que los  contribuyentes com-
    prendidos en la actividad, cuya emergencia se restablece por
    el artículo  anterior, tributarán  en  concepto de impuestos
    sobre los Ingresos  Brutos, una  alícuota  del uno con cinco
    décimos por ciento (1,5%), mientras dure la emergencia.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala  de Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de Tucumán, a los veintiún días del mes de
    enero del año dos mil cuatro.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 7096
    Modificada por Ley 7425
    Caducada por Ley 8240
    Rechaza DECRETO 17-7-SSC-2004

  • Resumen

    RECHAZA DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 17/7 (SSC) MEDIANTE EL CUAL SE PRORROGA LA VIGENCIA DE LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA LEY 7096 -EMERGENCIA DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS-.

  • Observaciones