* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Reemplazar en el Artículo 1º de la Ley Nº
7.114 y sus modificatorias (Afectación de Porcentajes de
Coparticipación de Ley Nº 6.984), la expresión "hasta el 31
de diciembre de 2004" por "hasta el 31 de diciembre de
2005".
Art. 2º.- Reemplazar en el Artículo 1º de la Ley Nº 7.115
y sus modificatorias (Fondo de Desarrollo de Interior res-
pecto a las Comunas Rurales),la expresión "desde el 1º de e-
nero hasta el 31 de diciembre de 2004" por "desde el 1º de
enero hasta el 31 de diciembre de 2005".
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los vientidós días del mes de
Diciembre del año dos mil cuatro.