* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 7.281 y sus modifica-
torias, en la forma que a continuación se indica:
- En el inciso g) del Artículo 3º, reemplazar la
expresión: "5% (cinco por ciento)", por "6,37% (seis con
treinta y siete centésimas por ciento)".
Art. 2º.- El incremento de afectación de la Coparticipa-
ción dispuesto por el artículo anterior es únicamente para
garantizar la emisión dispuesta por Ley Nº 7.482, para el
canje de los Eurobonos.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los cinco días del mes de mayo
del año dos mil cinco.