* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Reemplazar en el Artículo 1º de la Ley Nº
7.114 y sus modificatorias (Afectación de Porcentajes de
Coparticipación de la Ley Nº 6.984), la expresión: "hasta el
31 de Diciembre de 2006", por "hasta el 31 de Diciembre de
2007".
Art. 2º.- Reemplazar en el Artículo 1º de la Ley Nº
7.115 y sus modificatorias (Fondo de Desarrollo del Interior
respecto de las Comunas Rurales), la expresión:" desde el 1º
de Enero hasta el 31 de Diciembre de 2006", por "desde el 1º
de Enero hasta el 31 de Diciembre de 2007".
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiséis días del mes de
diciembre del año dos mil seis.